DEL "ENCHIRIDION INDULGENTIARUM" DE S.S. PAULO VI
2 DE NOVIEMBRE - CONMEMORACIÓN DE LOS FIELES DIFUNTOS
Visitas a Iglesias u Oratorio:
Se concede indulgencia plenaria, aplicable sólo a las almas del purgatorio, a los fieles cristianos que, el día en que se celebra la Conmemoración de todos los Fieles Difuntos, visiten piadosamente una iglesia u oratorio. Dicha indulgencia podrá ganarse o en el día antes indicado o, con el consentimiento del Ordinario, el domingo anterior o posterior, o en la solemnidad de Todos los Santos. En esta piadosa visita, se debe rezar un Padrenuestro y Credo.